Investigación criminal
jueves, 3 de mayo de 2012
lunes, 26 de marzo de 2012
Importancia de la investigación criminal
Pues
sin duda es el aspecto más importante del proceso penal. A la investigación
criminal se le define como el proceso metódico, técnico y científico tendiente
a comprobar la existencia de un delito, averiguar como sucedió el hecho,
identificar al autor, determinar los elementos probatorios que vinculan al imputado
con el delito, procesar la prueba y conocer las causas que motivaron la
conducta delictiva del imputado; coadyuvando de esta manera con los jueces
encargados de establecer su responsabilidad y la pena por aplicarse. Para ello
se vale principalmente de los conocimientos que le proporcionan entre otros la
criminalística y la crimiminologìa. ¿Quiénes deben ser expertos en
investigación criminal en este nuevo sistema penal? Todos los que participan
del proceso penal, como son abogados defensores, policías, fiscales y jueces,
cada uno de ellos en los aspectos que le corresponde cumplir dentro del
proceso, tendrán que demostrar sus conocimientos en dicha materia al momento de
intervenir; y, en el caso de los tres primeros nombrados además, deberán hacerlo
oralmente durante el juicio, tambien la importancia de la investigación criminal reside en que el
investigador tiene conocimientos amplios y profundos del desarrollo de una
investigación, teniendo en cuenta el uso apropiado de los recursos y los pasos
que debe seguir, según el caso (el hecho punible) por investigar, partiendo de
una buena planeación y coordinación en procura de resultados propuestos,
siempre apoyado por la criminalística, la cual permite darle el aporte
técnico-científico.
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Criminalistica de campo y de laboratorio
Criminalistica de campo
Es importante para el criminalista o investigador del lugar
de los hechos saber, proteger, observar y fijar el lugar de los hechos. Sin
embargo, conocer las técnicas para la recolección de elementos materiales de
prueba no basta. Ni tampoco es suficiente saber suministrarlos a las diversas
secciones de laboratorio de criminalística.
La criminalística de campo no concreta sus actividades en la
fases de investigación citadas; el experto que la práctica debe aplicar
conocimientos vastos y vigentes ofrecidos por las otras disciplinas científicas
de la criminalística en general, con el objeto de contar con bases técnicas
para aplicar la metodología específica y razonar científicamente el valor de
los elementos materiales de prueba que se registran en las conductas
presuntamente delictuosas.
El estudio y análisis de los elementos materiales de prueba
facilitan el conocimiento para establecer la forma y mecanismo de los hechos
con todos sus fenómenos, desde el inicio de la primera maniobra hasta el último
movimiento que se puso en juego para realizar el hecho; aquí se incluyen las
formas de uso de los instrumentos u objetos de ejecución y el registro de sus
manifestaciones, movimientos, tocamientos y desplazamientos de cuerpos y
objetos efectuados durante la comisión del hecho. Inclusive se puede utilizar
extensa variedad de agentes mecánicos, químicos, físicos y biológicos, y pueden
surgir también variadas evidencias. Su análisis identificativo, cuantitativo,
cualitativo y comparativo necesitará de metodología, tecnología y conocimientos
universales de las disciplinas científicas que constituyen la criminalística
general, como son: balística forense, explosivos e incendios, Documentoscopia,
fotografía forense, hechos de tránsito, sistema de identificación de personas,
técnicas forenses de laboratorio y, otras.
Es importante tener presente que la criminalística de campo
es la que suministra o alimenta de evidencia a las diversas secciones de
técnicas forenses de laboratorio (Química, Física y Biología).
.
Criminalística de laboratorio
La criminalística de laboratorio es aquella que verifica
sobre el terreno los trabajos científicos necesarios para descubrir las huellas
del delincuente y los indicios del ilícito; la de identificar a los
reincidentes y dar a los jueces la prueba inicial que pueda orientarlos. La
función del laboratorio en el trabajo policiaco consiste en el examen de la
evidencia.
Usualmente el propósito de este examen es para determinar la
manera en que fue cometido el crimen, relacionar al sospechoso con el crimen o
ayudar a establecer la identidad del criminal. Naturalmente las actividades del
laboratorio no están rígidamente confinadas a estos objetivos, sino que puede
incluir muchas otras tareas dentro de los múltiples deberes relacionados con el
trabajo policiaco. La función del experto del laboratorio consiste en analizar
la evidencia física y huellas sometidas al laboratorio del crimen por el
investigador. [...]. Para que el laboratorio brinde eficaz auxilio, en
principio, es indispensable que reciba la evidencia sin alteración, la que debe
ser cuidadosamente tratada aplicando las técnicas señaladas para su
levantamiento y embalaje, según su naturaleza y estado. (Moreno, op.cit,
p.89-90).
Los trabajos científicos de la criminalística en el
laboratorio se realizan con el método general de las ciencias naturales,
conocidos como "el método inductivo" con sus tres pasos
fundamentales: observación, hipótesis y experimentación. Este método en el
laboratorio se conoce como el de comprobación o experimentación y es con el que
se van a efectuar las tareas científicas en el estudio, análisis y
comprobaciones de los indicios colectados en el campo de los hechos o
suministrados por otros sujetos de tal manera que los resultados pueden ser
aprovechados o interpretados adecuadamente para conocer su intervención en el hecho
que se investiga y mostrarlos como evidencias de la verdad, cuya evaluación de
los resultados obtenidos lo harán los órganos que tiene como misión la
procuración y administración de justicia. Aunque en el laboratorio es
recomendable aplicar "el método científico" con todos sus pasos
sistematizados. Pero los expertos en criminalística en la actualidad y de
acuerdo con las necesidades científicas y trabajos realizados en sus diferentes
disciplinas, aplican metodologías convenientes y sistemáticamente estructuradas
con la problemática que se va a resolver. Todo ello obedece al amplio campo de
investigación criminal que abarca la ciencia en estudio
Cuerpo del delito
Cuerpo del delito son todas las materialidades relativamente
permanentes sobre los cuales o mediante las cuales se cometió el delito, así
como también cualquier otro objeto que sea efecto inmediato de ese delito o que
en otra forma se refiere a él, de manera que pueda ser utilizado para su
prueba. A saber; los medios materiales
que sirvieron para preparar o cometer el delito; las cosas sobre las que lo
cometió; las huellas dejadas por el delito o por el delincuente; las cosas cuya
detentación, fabricación o venta o cuya portación o uso constituye delito; las
cosas que representan el precio o provecho del delito; las cosas que son el
producto del delito, a un indirecto; cualquier otra cosa (no el hombre
viviente) en relación con el cual haya ejercido la actividad delictuosa o que
haya ejercido la actividad delictuosa o que haya sufrido las inmediatas
consecuencias del delito.
Cuerpo del delito es todo lo que acusa su existencia.
Por otro lado cuerpo del delito es el conjunto de elementos materiales
cuya existencia induce en el juez la certidumbre de la comisión de un hecho
delictuoso. . Asimismo debe entenderse cuerpo del delito como el ente material
poco más o menos perdurable que constituyen instrumentos, el objeto o los
efectos del acto criminoso. . Otra definición del cuerpo del delito es aquella
que señala aquellos elementos materiales relacionados en forma directa o
indirecta con el delito y que constituye prueba dentro de la investigación
penal.
Por otro lado, se tiene un concepto que se aparta de la doctrina
mayoritaria de definir el cuerpo del delito es la coincidencia o relación poco
o más menos perfecta entre un acto del hombre que llena los elementos de la
definición de delito con una cualquiera de las disposiciones de la ley penal
que establece un determinado acto como infracción. Al establecer si existe o no
tal coincidencia es lo que debe consagrarse el investigador y así logra
establecer el mentado cuerpo del delito.
Lugar de los hechos
A continuación se exponen una serie de clasificaciones de
sitios del suceso, en los siguientes términos:
- Lugar de los hechos primarios: se denomina al sitio dónde
se encuentra el cuerpo del delito, ya que suele ser dónde se inicia la
investigación.
- Lugar de los hechos secundarios: pueden haber dos o
más lugares de los hechos, que pueden estar en relación con lo siguiente:
- Espacios físicos de uso forzoso.
- Lugar donde se descubre cualquier elemento físico de
prueba distinto del primario.
Lugares utilizados para desplazamientos.
- Medios utilizados para el delito.
- Lugar de los hechos hábitat: son en la mayoría de los
casos, parte de los lugares secundarios, aunque también pueden ser otros sitios
que no han tenido relación con el crimen, pero en los que se pueden encontrar
datos o elementos que ayuden a la identificación de la persona o el
esclarecimiento del delito.
- Lugar de los hechos abierto: es el lugar que no posee
límites precisos y, por lo general, pueden hallarse en un parque, una vía
pública, un potrero, la playa, un desierto, etc.
- Lugar de los hechos cerrado: es aquel que lo circunscriben
límites precisos como el interior de una oficina, de un motel, de un
supermercado, de una tienda, etc.
- Lugar de los hechos mixto o semiabierto: tiene las
características del escenario abierto y cerrado.
jueves, 22 de marzo de 2012
Pasos Especificos
Colección de las evidencias físicas
Para no alterar las huellas y conservar las que están, se
indican algunas técnicas para la colección adecuada de los indicios en el
escenario del suceso a fin de conservarlos primitivamente como las dejó el
autor después de la consumación del hecho que se investiga. La colección de
indicios se efectúa después de haber observado y fijado el lugar de los hechos
y, se lleva a cabo con tres operaciones fundamentales que son:
Levantamiento:
Es aquella operación que permite recoger la evidencia del
sitio del suceso. El manejo inadecuado de la evidencia física conduce a su
contaminación, deterioro o destrucción, siendo ésta la causa más frecuente que
impide su ulterior examen en el laboratorio. Por ésta razón, cuando llegue el
momento de proceder a su levantamiento, se realizará con la debida técnica a
fin de evitar tan lamentables consecuencias.
A continuación se señalan algunas reglas fundamentales
relacionadas con el manejo de la evidencia física y que todo investigador debe
tener siempre en mente.
a) Levantar toda evidencia física, siendo preferible
pecar por exceso que por defecto.
b) Manejarla solamente lo estrictamente necesario a
fin de no alterarla o contaminarla.
c) Evitar el contaminarla con los instrumentos que se
utilizan para su levantamiento, los cuales deberán ser lavados meticulosamente
antes y después de su uso.
d) Levantarla por separado, evitando mezclarla.
e) Marcarla en aquellos sitios que no ameriten estudio
ulterior.
f) Embalarla individualmente, procurando que se
mantenga la integridad de su naturaleza.
- Embalaje:
Se entiende por embalaje aquella maniobra que se realiza
para guardar, inmovilizar y lograr la protección de un indicio. El objeto principal de embalar un indicio
consiste en individualizar y garantizar la integridad del elemento probatorio,
y por tanto después de haber levantado los indicios, es necesario protegerlos
en recipientes propios a efectos de que lleguen sin contaminación ni alteración
al laboratorio y los resultados de sus análisis sean auténticos y confiables.
Los principales componentes del embalaje de la
evidencia son:
1. El embalaje interno, cuya finalidad es proteger
directamente al indicio de contaminación, derrames y pérdida de características
de interés desde el punto de vista pericial.
2. El embalaje externo, que como su nombre lo indica, será
el embalaje final, el cual debe encontrarse debidamente lacrado para garantizar
la integridad legal del indicio.
3. Sellado o lacrado, que garantiza la integridad del
indicio contenido en el recipiente, evitando su alteración, sustitución o
extracción.
- Etiquetado:
Es la operación final que se efectúa con el objeto de
reseñar el lugar de procedencia del indicio en cuestión. El etiquetado debe
llevarse a cabo en todos los casos, separando un indicio de otro, es decir
individualizándolos y adjuntándoles una etiqueta que mencione lo siguiente: a)
El número de acta o averiguación previa; b) El lugar de los hechos; c) La hora
de intervención; d) La clase de indicio; e) El lugar preciso de dónde se
recogió; f) Las huellas o características que presenta; h) la fecha, nombre y
firma del investigador que lo descubrió y que lo suministraba al laboratorio.
5) Suministro de la evidencia física al laboratorio
El trasporte o suministro de las evidencias físicas al
laboratorio se deben realizar bajo estrictas normas de seguridad para evitar
alteraciones, pérdida, deterioro o contaminaciones de las mismas. Lo más seguro
y recomendable para el envío de una evidencia física, es que sea el propio
personal que investiga el hecho el que se encargue del traslado de las
evidencias al laboratorio. Es importante que no se envíen en el mismo bulto,
indicios que corresponden a más de un caso, ya que éstos pueden ocasionar
inconvenientes como mezcla indebida de indicios
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